PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO PRESENTADAS
EN LA LXI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario


PROPOSICIÓN TURNO A COMISIÓN RESOLUTIVOS DEL PROPONENTE RESOLUTIVOS APROBADOS TRÁMITE
1   Punto de acuerdo para que en el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2010, se asigne una partida especial para resolver la problemática que enfrentan los socios defraudados por la sociedad cooperativa denominada ¿Sacriputla¿, C.C. de R.L., que funcionaron en diversos municipios, y por la Caja Popular Casandoo, S.A. de C.V., de Santiago Jamiltepec, ambas sociedades del estado de Oaxaca.


Proponente: Concha Arellano Elpidio Desiderio (PRI)

A nombre propio y del Dip. José Antonio Yglesias Arreola (PRI).

Publicación en Gaceta: 27-Octubre-2009

Fecha de presentación: 10-Noviembre-2009

ÚNICO.- Se solicita a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de esta Cámara de Diputados que se incluya en el decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación, para el Ejercicio Fiscal 2010 una asignación de recursos económicos especiales por la cantidad de $41¿083,733.59 (cuarenta y un millones ochenta y tres mil setecientos treinta y tres pesos 59/100 mn), al Fideicomiso Pago que Administra el Fondo Para el Fortalecimiento de Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo y de Apoyo a sus Ahorradores, como complemento a sus recursos para cumplir con esta situación de carácter social, de los cuales se destinarán, $38¿489,980.83 (treinta y ocho millones cuatrocientos ochenta y nueve mil novecientos ochenta pesos 83/100 mn), para resarcir los daños ocasionados a los socios afectados por Sacriputla, SA de CR, en diversas comunidades del estado de Oaxaca, y $2¿593,752.76 (dos millones quinientos noventa y tres mil setecientos cincuenta y dos pesos 76/100 mn), para restituir los recursos a los ahorradores defraudados por la Caja Popular Casandoo, SA de CV, de Santiago Jamiltepec, Oaxaca. Primero. Con fundamento en los artículos 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 18 y 42, fracción VIII, incisos b) y c), de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y derivado de que los puntos de acuerdo descritos en el numeral I de los antecedentes del presente acuerdo, fueron revisados, analizados y discutidos en la dictaminación del Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal de 2010 se tienen por atendidas todas las proposiciones con puntos de acuerdo en comento.

Segundo. Las proposiciones con puntos de acuerdo descritas en el numeral II de los antecedentes de este acuerdo, carecen de materia, toda vez que no se presentaron en tiempo para su estudio, análisis y valoración para ser consideradas en el proyecto de Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal de 2010.
Atendida
con fecha 9-Marzo-2010
2   Punto de Acuerdo por el que se exhorta al Gobierno del estado de Oaxaca para que cumpla la responsabilidad que le impone el artículo 10 de la Ley que crea el Fideicomiso que administrará el Fondo para el Fortalecimiento de Sociedades y Cooperativas de Ahorro y Préstamos y de Apoyo a sus Ahorradores, en relación al fraude cometido por la persona moral SACRIPUTLA, S.C. de R.L.


Proponente: Zavaleta Rojas Guillermo José (PAN)



Publicación en Gaceta: 8-Diciembre-2009

Fecha de presentación: 8-Diciembre-2009

PRIMERO.- La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta nuevamente al gobierno de Oaxaca, que encabeza el ciudadano Ulises Ruiz Ortiz, a cumplir con la responsabilidad que impone el artículo 10 de la Ley que crea el Fidecomiso que Administrará el Fondo para el Fortalecimiento de Sociedades y Cooperativas de Ahorro y Préstamo y de Apoyo a sus Ahorradores, con relación al fraude cometido por la persona moral SACRIPUTLA, Sociedad Cooperativa de Responsabilidad Limitada, que operó en el estado de Oaxaca.

SEGUNDO.- Asimismo, exhorta al gobierno de Oaxaca a firmar el convenio de colaboración para resarcir el daño causado a más de mil 500 socios afectados por SACRIPUTLA, SCRL, aportando la cantidad de 33 millones 500 mil pesos al Fideicomiso Pago, en un plazo no mayor de 30 días, para que cumpla dicha ley.

TERCERO.- El Pleno de la Cámara de Diputados instruye a la Comisiones de Fomento Cooperativo y Economía Social, para que dé seguimiento y coadyuven en la solución definitiva del fraude cometido.
PRIMERO.- La Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social de la LXI Legislatura, determina procedente realizar atento exhorto al Congreso del estado libre y soberano de Oaxaca, para destinar los recursos solicitados por el Comité de Planeación para el Desarrollo del estado de Oaxaca (Coplade) consistentes en la cantidad de $38´489,980.83 (Treinta y ocho millones, cuatrocientos ochenta y nueve mil, novecientos ochenta pesos, con ochenta y tres centavos), con el fin de que el estado, dé cumplimiento a la responsabilidad que le impone el artículo 10 de la Ley que crea el Fideicomiso que Administra el Fondo para el Fortalecimiento de Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo y Apoyo a sus Ahorradores, y dé solución a las demandas presentadas por los socios cooperativistas de la persona moral denominada Sacriputla S.C de R.L.

SEGUNDO.- La Cámara de Diputados exhorta al gobierno del estado de Oaxaca para que firme el convenio de colaboración y cumpla con la obligación que le impone el artículo 10 de la Ley que crea el Fideicomiso que Administra el Fondo para el Fortalecimiento de Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo y Apoyo a sus Ahorradores y dé solución a las demandas presentadas por los socios cooperativistas de la persona moral denominada Sacriputla S.C de R.L.
Aprobada
con fecha 14-Octubre-2010



Publicación del dictamen Gaceta: 14-Octubre-2010
3   Punto de Acuerdo por el que se exhorta al Congreso del estado de Oaxaca, etiquete del Presupuesto de Egresos 2010, recursos para resarcir los ahorros de los socios defraudados por la persona moral denominada Sociedad Cooperativa de Ahorro y Préstamo Sacriputla, S.C. DE R.L.


Proponente: Eguía Pérez Luis Felipe (PRD)

A nombre propio y de la Dip. Juanita Arcelia Cruz Cruz (PRD).

Publicación en Gaceta: 3-Diciembre-2009

Fecha de presentación: 8-Diciembre-2009

ÚNICO.- Por el que se exhorta al honorable Congreso del estado libre y soberano de Oaxaca a etiquetar la cantidad de 33 millones 469 mil 548 pesos con 55 centavos de su Presupuesto de Egresos 2010 a efecto de resarcir los ahorros de los socios defraudados por la persona moral denominada Sociedad Cooperativa de Ahorro y Préstamo Sacriputla, S. C. de R. L. PRIMERO.- La Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social de la LXI Legislatura, determina procedente realizar atento exhorto al Congreso del estado libre y soberano de Oaxaca, para destinar los recursos solicitados por el Comité de Planeación para el Desarrollo del estado de Oaxaca (Coplade) consistentes en la cantidad de $38´489,980.83 (Treinta y ocho millones, cuatrocientos ochenta y nueve mil, novecientos ochenta pesos, con ochenta y tres centavos), con el fin de que el estado, dé cumplimiento a la responsabilidad que le impone el artículo 10 de la Ley que crea el Fideicomiso que Administra el Fondo para el Fortalecimiento de Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo y Apoyo a sus Ahorradores, y dé solución a las demandas presentadas por los socios cooperativistas de la persona moral denominada Sacriputla S.C de R.L.

SEGUNDO.- La Cámara de Diputados exhorta al gobierno del estado de Oaxaca para que firme el convenio de colaboración y cumpla con la obligación que le impone el artículo 10 de la Ley que crea el Fideicomiso que Administra el Fondo para el Fortalecimiento de Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo y Apoyo a sus Ahorradores y dé solución a las demandas presentadas por los socios cooperativistas de la persona moral denominada Sacriputla S.C de R.L.
Aprobada
con fecha 14-Octubre-2010
4   Punto de Acuerdo por el que se solicita a las legislaturas de las entidades federativas y a la ALDF, emitan las disposiciones legales que regulen a las personas físicas y jurídicas que realizan contrataciones u operaciones de mutuo con interés y garantía prendaria no reguladas por la legislación financiera, y en su caso, revisen las disposiciones jurídicas locales que regulan a este tipo de instituciones que se acogen a la figura de asociaciones civiles o instituciones de asistencia privada.


Proponente: Cortazar Ramos Ovidio (PAN)



Publicación en Gaceta: 10-Diciembre-2009

Fecha de presentación: 15-Diciembre-2009

PRIMERO.- Se hace una respetuosa solicitud a las legislaturas de las entidades federativas y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal para que emitan las disposiciones legales que regulen a las personas físicas y jurídicas que realizan contrataciones u operaciones de mutuo con interés y garantía prendaria no reguladas por la legislación financiera, y en su caso, revisen las disposiciones jurídicas locales que regulan a este tipo de instituciones que se acogen a la figura de asociaciones civiles o instituciones de asistencia privada.

SEGUNDO.- Se hace una atenta solicitud al Banco de México para que, dentro de un plazo de tres meses, informe a esta soberanía sobre el estudio y evaluación de la formal incorporación al Sistema Financiero Mexicano de las instituciones que realizan contrataciones u operaciones de mutuo con interés y garantía prendaria, con el objeto de sujetarlas a la legislación vigente para favorecer su sano desarrollo, brindar mejores servicios en cuanto a precio y calidad, así como para evitar prácticas lesivas a los usuarios de estos servicios.
ÚNICO.- Se solicita al Banco de México, a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de los Servicios Financieros (Condusef), la información que detenten sobre las instituciones que realizan contrataciones u operaciones de mutuo con interés y garantía prendaria, asimismo la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social, realizará los estudios detallados en donde determine, entre otras cosas, la factibilidad de incorporar al sistema financiero mexicano a las instituciones que realizan contrataciones u operaciones de mutuo con interés y garantía prendaria. Aprobada
con fecha 15-Marzo-2011



Publicación del dictamen Gaceta: 15-Marzo-2011